La Corte Suprema y la Reconstrucción de la confianza .

 


La sentencia de la Corte en el "caso San Luis" constituye un disparo al corazón de la sustentabilidad del actual programa económico y un paso imprescindible, aunque de ninguna manera suficiente, para la necesaria reconstrucción de la confianza nacional e internacional.
La confianza es a la economía lo que el aire a la Naturaleza. Si, como parece existir ya un consenso generalizado, la crisis argentina es, ante todo y sobre todo, una fenomenal crisis de confianza interna y externa, cabe afirmar que el fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró la inconstitucionalidad de la pesificación de los depósitos bancarios constituye un punto de inflexión, que puede marcar el punto de partida para la recuperación de la seguridad jurídica destruída en solo cinco semanas por el efecto acumulativo del "corralito financiero" implantado por Fernando De la Rúa el 30 de noviembre del 2001, la cesación de pagos de la deuda pública proclamada días más tarde por Adolfo Rodríguez Sáa y la brutal devaluación monetaria de enero del 2002 dispuesta por Eduardo Duhalde.

A 150 años de la sanción de la Constitución de 1853, es altamente probable que esta sentencia de la Corte, absolutamente ajustada a derecho, sea una de las más importantes de toda su historia. En términos de mediano y largo plazo, la plena reivindicación del derecho de propiedad y del respeto a la vigencia de los contratos entre particulares tienen un valor económico muy superior al sin duda elevadísimo costo fiscal que seguramente habrá de suponer la extensión de la doctrina fijada en el fallo a los reclamos de los centenares de miles de argentinos que vieron confiscados sus ahorros.

Conviene subrayar que, en el hipotético y remoto caso de que la Corte hubiera incurrido en el desvario jurídico de fallar en la dirección que pretendía el actual gobierno de transición, que buscaba convalidar judicialmente la incautación de los depósitos, no hubiera quedado en pie ninguna posibilidad de reconstruir el sistema financiero argentino. Y como no puede funcionar una economía sin bancos, una decisión semejante hubiera postergado por muchos años, sino eliminado para siempre, la superación de la profunda depresión estructural que agobia a la economía argentina.

Resulta también verdaderamente patética la argumentación oficial que intenta descargar sobre la decisión de la Corte el absolutamente previsible costo fiscal de las inevitables consecuencias de una medida de gobierno como la devaluación. Responsabilizar políticamente a la Corte por los efectos económicos de su fallo es tan arbitrario como calificar de privación ilegítima de libertad a la sentencia de un juez que envía a prisión al culpable de un delito.

Es cierto que la declaración de inconstitucionalidad de la pesificación de los depósitos constituye, en los hechos, un disparo al corazón de la sustentabilidad del programa económico puesto en marcha con la maxidevaluación de enero del 2002. Pero no hay que confundirse: la viabilidad jurídica de ese programa era nula desde el principio, a menos que el gobierno de transición hubiera logrado arrasar con la totalidad del andamiaje institucional, tal como amagó hacerlo con la frustrada tentativa de juicio político a la Corte.

La sentencia de la Corte es una condición necesaria para recrear la confianza nacional e internacional en el presente y el futuro de la Argentina. Pero no es por supuesto una condición suficiente. A partir del próximo 25 de mayo, será necesario barrer las astillas de este programa económico, ya fracasado, y promover un giro estratégico que permita recrear un horizonte de estabilidad en las reglas de juego y de previsibilidad y certidumbre para la inversión.
Jorge Castro , 10/03/2003

 

 

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